Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro282286
MateriaCivil,Derecho Civil
EmisorPleno

Los tratadistas han establecido los estatutos personal, formal y real, subordinándolos a la ley del lugar en que tuvo efecto el contrato, "lex loci contractus" y la ley en que está situada la cosa o el objeto del contrato "lex rei sitae"; a virtud del estatuto formal, los contratos, para su validez, están obligados a observar ciertas formalidades: el documento relativo debe estar redactado con arreglo a ciertas formas establecidas por la ley, y ésta ley deberá ser la del lugar donde dichos actos se han constituido, por medio del instrumento respectivo, fundándose en el principio jurídico, "locus regit actum".

Amparo civil en revisión 325/26. C.A. P. 7 de mayo de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidente: S.U.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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