Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro282274
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal
EmisorPleno

El efecto jurídico del desistimiento por parte del demandado, de las excepciones que opuso, sean éstas cuales fueren, es el de tenerlas por no opuestas, y, además, es evidente que ningún demandado está obligado a oponer excepciones dilatorias, estén o no, relacionadas con las disposiciones procesales de derecho público; así, el desistimiento del demandado, coloca al demandante en la situación que tendría si se hubiera tenido por contestada la demanda sin haberse opuesto excepciones dilatorias; por lo tanto, en nada puede agraviar el mismo demandante el que se tenga por desistido al demandado, de las excepciones que opuso.

Amparo civil en revisión 890/25. Compañía Ganadera y Textil de Cedros, S. A. 30 de abril de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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