Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro281888
EmisorPleno
MateriaCivil

Entre ellas ninguna puede ser considerada más esencial y excepcionalmente dilatoria, como la de arraigo personal, pues resultaría extemporáneo e ineficaz en cuanto a sus fines, resolver sobre ella en la sentencia definitiva del juicio, puesto que no tiende a otra cosa que a garantizar los derechos del demandado, en relación con la idoneidad del actor, al iniciarse el juicio; y si sobre la falta de idoneidad se resuelve en la sentencia definitiva, tal resolución, por ser extemporánea, no produciría resultado alguno práctico, respecto de la expresada excepción.

Amparo civil en revisión 693/26. C.S., sucesión de y coag. 8 de enero de 1927. Mayoría de cinco votos. Disidentes: L.E., F.D.L., T.H.O. y E.M.L.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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