Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro281482
EmisorPleno
MateriaCivil

Un pagaré tiene incuestionablemente el carácter de mercantil si es otorgado a la orden y entre comerciantes, y todas las disposiciones relativas a las letras de cambio, sobre vencimiento, endoso, pago, protesto, etcétera, son aplicables a las libranzas, vales, pagarés y mandatos a la orden; así, todos los signatarios del pagaré son solidariamente responsables al portador de él, por su importe y demás accesorios, sin que para esto sea indispensable la existencia de otro requisito que la firma.

Recurso de súplica 98/24. M.A.M. 8 de septiembre de 1927. Mayoría de nueve votos. Disidente: S.U.. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXXVII, página 901, tesis de rubro "PAGARES, MANCOMUNIDAD DE LOS SIGNATARIOS.".

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