Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro279153
MateriaLaboral
EmisorPleno

La fracción X del artículo 73 de la Constitución Federal, dispone que la aplicación de la Ley Trabajo corresponde a las autoridades de los Estados, en sus respectivas jurisdicciones, excepto cuando se trate de asuntos relativos a la industria textil, ferrocarriles y demás empresas de transporte amparadas por concesión federal. Ahora bien, si la parte demandada en una empresa de transporte, que no funciona al amparo de una concesión federal, es evidente que la competencia para conocer del conflicto, no corresponde a una Junta Federal, sino a la Central de Conciliación y Arbitraje.

Competencia 122/38. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Yucatán y la Federal de Conciliación número seis, residente en Mérida. 10 de abril de 1939. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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