Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro278551
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal
EmisorPleno

Cuando tanto la esposa como el marido se dicen abandonados, no es aplicable la regla contenida en el segundo párrafo del artículo 27 del Código Federal de Procedimientos Civiles, sino que el punto es materia de la sentencia de fondo que decida el juicio de divorcio. Por tanto, en el caso, la competencia deberá ser fijada de acuerdo con la fracción IV del artículo 23 del citado código, que dice que tratándose de acciones reales sobre muebles o de acciones personales o del estado civil, es Juez competente el del domicilio del demandado.

Tomo CI, página 3144. I.A.. Competencia 104/48. Suscitada entre los Jueces Segundo de Primera Instancia de Orizaba, Veracruz y Mixto de Primera Instancia de Cuautla, M.. 30 de agosto de 1949. Mayoría de 8 votos. Disidentes: F.C., M.B.B., R.E., L.C.G., A.F.R., M.R.V., S.U.. Ausentes: V.S.G., C.I.M., E.P.A., N.G., H.L.S.y.G.C.. R.: F. de la Fuente.


Tomo CI, página 2061. Competencia 69/48. Suscitada entre los Jueces Quinto de lo Civil y de Hacienda de Guadalajara, J., y Segundo de lo Civil de México, Distrito Federal. 30 de agosto de 1949. Mayoría de trece votos. Disidentes: R.E., M.R.V. y S.U.. Ausentes: V.S.G., C.I.M., E.P.A., N.G. y H.L.S.. R.: T.O. y Leyva.



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