Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro278533
EmisorPleno
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal

Si la demandada había promovido ante la Junta Central de Conciliación y Arbitraje su incompetencia por declinatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 431 de la Ley Federal del Trabajo, la inhibitoria que posteriormente hizo valer resulta improcedente.

Competencia 45/48. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Veracruz y el Grupo Especial Número Nueve, de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 28 de marzo de 1950. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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