Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro278518
EmisorPleno
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal

Si la parte demandada propuso la cuestión previa de incompetencia por declinatoria, por dos veces sucesivas, y cada una de ellas con distinto fundamento legal, y posteriormente intentó la inhibitoria, procedimiento expresamente prohibido por el artículo 431 de la Ley Federal del Trabajo, es ilegal la promoción y secuela del medio introducido en segundo término y por lo tanto, sin prejuzgar sobre el fondo de la competencia, debe continuar en el conocimiento de la demanda la Junta que previno en el conocimiento del asunto.

Competencia 58/49. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje Grupo Especial Número Nueve y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos. 21 de febrero de 1950. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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