Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro277928
MateriaPenal
EmisorPleno

El artículo 576 de la Ley de Vías Generales de Comunicación se dispone que se aplicará de un mes a un año de prisión y multa de cincuenta a mil pesos al que indebidamente abra, destruya o sustraiga alguna pieza de correspondencia cerrada, confiada al correo; consecuentemente, si en un caso que da origen a una contienda competencial se encuentra demostrado que el cartero encargado de repartir la correspondencia entregó la carta en la dirección que aparecía anotada en el sobre que la contenía, si fue abierta por persona que no tenía derecho para ello, ese hecho se llevó a efecto cuando la mencionada pieza postal había salido de la jurisdicción y vigilancia del propio correo; por lo consiguiente, no puede constituir un delito de carácter federal, e indudablemente queda comprendido dentro de lo dispuesto por la fracción I del artículo 173 del Código Penal del Distrito y Territorios Federales, por lo que la competencia debe fincarse en favor de las autoridades del fuero común.

Competencia 112/56. M.D.V. de F.. 5 de marzo de 1957. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: L.C.G..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR