Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro258579
MateriaPenal
EmisorPleno

El artículo 13 de la Constitución Federal, establece clara y terminantemente que los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre las personas que no pertenezcan al Ejército, y que cuando en un delito o falta del orden militar estuviere complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda, y si en la especie el proceso respectivo se ha seguido exclusivamente en contra de militares, la competencia para conocer del proceso respectivo radica en el fuero militar, en cuyo favor debe decidirse, tanto más cuanto que de juzgarse a los reos separadamente por los Jueces contendientes, uno por los delitos de homicidio y lesiones y otro por violencias en las personas, se violaría, en su perjuicio, la garantía que consigna el artículo 23 de la Constitución General de la República, en cuanto a que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito.

Competencia 83/57. Suscitada entre el Juez Militar de la Plaza de Saltillo, Estado de Coahuila y el Juez Primero de Primera Instancia del Distrito Judicial de V. con residencia en Torreón, Estado de Coahuila. 21 de octubre de 1958. Mayoría de diez votos. Disidentes: J.C.E., G.V., A.G.N., R.M.E. y A.G. de la Vega. Ponente: C.F.S..

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