Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro257626
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Procesal
EmisorPleno

Si a un militar se le imputa la comisión del delito de daño en propiedad ajena en bienes de la nación, consistente en destruir un camión del ejército, pero comprueba que en el momento de la comisión de los hechos, no se encontraba desempeñando un servicio castrense, la competencia para conocer de la causa no radica en el fuero militar, sino en el del orden federal, en atención a que los bienes, aunque del ejército, pertenecen a la Federación y se está en el caso de lo dispuesto por el artículo 41, fracción I, inciso e), de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal.

Competencia 66/66. Suscitada entre el Juez Tercero de la Primera Zona Militar en México, Distrito Federal y el Juez Segundo de Distrito en el Distrito Federal. 4 de julio de 1967. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: M.G.R.F..

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