Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro232828
EmisorPleno
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

Ya este tribunal ha expresado que para determinar si la ley es o no autoaplicativa, no hay que atender solamente a si el particular está o no en posibilidad de realizar determinados actos, sino a los términos concretos del mandato legal, pues basta con que se ordene a los particulares de que se trate un hacer o un no hacer, y que no supedite su ejecución a la conducta que deba llevar a cabo una autoridad, para que tenga aquel carácter. En esa razón, el Decreto 233 del Congreso de la Estado de Oaxaca que reformó el Código Penal de esa entidad federativa, no es autoaplicativo, motivo por el que por su entrada en vigor no causa agravios a los particulares.

Amparo en revisión 1934/51. R.V. y coagraviados (acumulados). 11 de noviembre de 1975. Unanimidad de quince votos. Ponente: J.R.P.V..


Séptima Epoca, Primera Parte:


Volumen 76, página 49. Amparo en revisión 3125/50. Negociación Pulquera, S. de R.L. de C.V. 22 de abril de 1975. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: C.d.R.R..


Volumen 4, página 43. Amparo en revisión 4672/54. Rosario de A.M.. 11 de abril de 1969. Unanimidad de veintiún votos. Ponente: E.M.U..


Nota: En el Volumen 76, página 49, la tesis aparece bajo el rubro "LEYES. CUANDO SON AUTOAPLICATIVAS (LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES REFORMADA EL 29 DE DICIEMBRE DE 1948).".


VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR