Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro232650
MateriaAdministrativa
EmisorPleno

Cuando no se dicta acuerdo alguno en el que se tenga por admitida o desechada la contestación de la demanda, la prosecución del juicio de inconformidad carece de base legal a partir de tal omisión y se desarrolla en el vacío, por lo que debe declararse que lo actuado es nulo desde la citada omisión y ordenar la reposición del procedimiento para subsanar tal deficiencia.

Juicio de inconformidad 4/72. Poblado de S.B.Y., Municipio del mismo nombre, Estado de Oaxaca. 14 de febrero de 1978. Unanimidad de quince votos. Ponente: A.G.M..

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