Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Abril de 2001 (Tesis num. P. VIII/2001 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-04-2001 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | P. VIII/2001 |
Fecha de publicación | 01 Abril 2001 |
Fecha | 01 Abril 2001 |
Número de registro | 189999 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XIII, Abril de 2001; Pág. 322 |
Emisor | Pleno |
Materia | Común |
No es dable concluir que es inexistente una contradicción de tesis, cuando la norma legal que interpretaron los tribunales y que los llevó a conclusiones discrepantes, sufre una reforma que sólo modificó en parte la terminología empleada, pero no la esencia del precepto, en tanto que se entiende que si el contenido sustancial se mantiene, subsiste la divergencia de criterios que requiere ser superada a través del pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Contradicción de tesis 43/98-PL. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 7 de diciembre de 2000. Unanimidad de diez votos. Ausente: J.V.C. y C.. Ponente: J. de J.G.P.. Secretario: I.M.P..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veintinueve de marzo en curso, aprobó, con el número VIII/2001, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a veintinueve de marzo de dos mil uno.
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Ejecutoria num. 26/2021 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 10-12-2021 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...servirá de base para la decisión de este asunto será la citada en último término. 26. Sirve de apoyo a lo anterior, por analogía, la tesis P. VIII/2001, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "CONTRADICCIÓN DE TESIS. NO DEBE DECLARARSE INEXISTENTE AUN C......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 03-09-2008 ( CONTRADICCIÓN DE TESIS 142/2007-PS )
...aislada siguiente: Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XIII, Abril de 2001 Tesis: P. VIII/2001 Página: “CONTRADICCIÓN DE TESIS. NO DEBE DECLARARSE INEXISTENTE AUN CUANDO LA NORMA INTERPRETADA POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO H......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 17-10-2007 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 4/2007-PS)
...Materia(s): Común Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XIII, Abril de 2001 Tesis: P. VIII/2001 Página: “CONTRADICCIÓN DE TESIS. NO DEBE DECLARARSE INEXISTENTE AUN CUANDO LA NORMA INTERPRETADA POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO HA......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 03-02-2006 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 149/2005-SS)
...el criterio que conserve vigencia y utilidad en la preservación de la seguridad jurídica. Es fundatoria de lo anterior, la tesis aislada P. VIII/2001, visible en la página 322, tomo XIII, abril de 2001, Novena Época, sustentada por el Tribunal Pleno, publicada en el órgano de difusión ofici......
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Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Jurisprudencia Núm. VIII-J-SS-140
...fracciones II y III, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo no fue modiŎcado. Es aplicable, por analogía, la tesis P. VIII/20019emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la “CONTRADICCIÓN DE TESIS. NO DEBE DECLARARSE INEXISTENTE AUN CUANDO LA NORMA INTER......