Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Agosto de 2000 (Tesis num. P. CVII/2000 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-08-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónP. CVII/2000
Fecha de publicación01 Agosto 2000
Fecha01 Agosto 2000
Número de registro191364
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XII, Agosto de 2000; Pág. 107
EmisorPleno
MateriaConstitucional,Administrativa,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

La ley mencionada establece las conductas que pueden considerarse como prácticas monopólicas utilizando diversos conceptos técnicos como el de "poder sustancial" que tenga el presunto responsable, el de "mercado relevante" en el que se colocan los bienes o servicios de que se trate, y otros términos que son propios de la materia especializada, y aun cuando la referida ley no contiene una definición formal de lo que debe entenderse por cada uno de estos conceptos, sí establece en sus artículos 12 y 13, entre otros, los criterios que permiten comprender su significado, lo que basta para concluir que no transgrede los principios de legalidad, seguridad jurídica y división de poderes establecidos, respectivamente, en los artículos 14, 16 y 49 de la Constitución Federal, pues no se deja a la autoridad administrativa encargada de la aplicación de la ley, la definición de esos conceptos.

Amparo en revisión 2617/96. Grupo W.L.M., S.A. de C.V. 15 de mayo de 2000. Mayoría de nueve votos. Ausente: Presidente G.D.G.P.. Disidente: G.I.O.M.. Ponente: J.D.R.. Secretario: S.R.C..


El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy once de julio en curso, aprobó, con el número CVII/2000, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a once de julio de dos mil.


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