Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Diciembre de 1998 (Tesis num. P. CIII/98 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-12-1998 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónP. CIII/98
Fecha de publicación01 Diciembre 1998
Fecha01 Diciembre 1998
Número de registro194940
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; VIII, Diciembre de 1998; Pág. 254
EmisorPleno
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

Conforme al artículo 32 de la Ley de Amparo la materia del incidente de nulidad de notificaciones consiste en el análisis de la legalidad de la notificación que debe realizarse en términos de los artículos 27 a 31 del mismo ordenamiento; por tanto, los agravios dirigidos a combatir la constitucionalidad de un precepto legal, aun cuando éste se relacione con las notificaciones, como lo es el artículo 29 de la Ley de Amparo, son inoperantes por no ser materia de dicho incidente.

Incidente de nulidad de notificaciones en el amparo en revisión 2244/96. Grupo Smurfit México, S.A. de C.V. 3 de agosto de 1998. Once votos. Ponente: H.R.P.. Secretario: Á.T.L..


El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el diecinueve de noviembre en curso, aprobó, con el número CIII/1998, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

8 sentencias

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