Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Noviembre de 1995 (Tesis num. P. CVII/95 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-11-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónP. CVII/95
Fecha de publicación01 Noviembre 1995
Fecha01 Noviembre 1995
Número de registro200274
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; II, Noviembre de 1995; Pág. 91
EmisorPleno
MateriaConstitucional,Administrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

A través del embargo, el deudor puede garantizar el interés fiscal a fin de cumplir con uno de los requisitos que exige el artículo 144 del precitado Código, para obtener la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución; y, a la vez, satisfacer la necesidad jurídica de que el fisco tenga asegurado el cumplimiento cabal del crédito fiscal, quedando conciliados el derecho del deudor a ser oído en el juicio y el interés de la sociedad en que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones, por lo que el artículo 141 del mismo ordenamiento no viola la garantía de audiencia.

Amparo en revisión 723/94. Almacenes Distribuidores de Carne y Productos Agropecuarios, S.A. de C.V. 5 de octubre de 1995. Unanimidad de once votos. Ponente: G.D.G.P.. Secretario: N.L.R..


El Tribunal Pleno en su sesión privada celebrada el trece de noviembre en curso, por unanimidad de once votos de los ministros: presidente J.V.A.A., S.S.A.A., M.A.G., J.V.C. y C., J.D.R., G.D.G.P., J. de J.G.P., G.I.O.M., H.R.P., O.M.S.C. y J.N.S.M.; aprobó, con el número CVII/95 (9a.) la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a trece de noviembre de mil novecientos noventa y cinco.

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