Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro804114
MateriaPenal
EmisorPleno

Si el acusado no libró ningún cheque a cargo de un banco sin tener fondos, sino simple y sencillamente llenó un esqueleto de cheque que le facilitaron en una cantina, a su nombre y falsificando la firma de otra persona, no cometió el delito del artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y que sería el que daría la competencia federal, sino sólo los delitos de fraude y falsificación de documentos que están sancionados en el Código Penal del Estado donde se cometió el delito; y como tampoco queda el caso comprendido en ninguno de los incisos de la fracción I del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la competencia para conocer del proceso de que se trata, corresponde al Juez del fuero común.

Competencia 143/60. Suscitada entre el Juez Primero del Ramo Penal de la Ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora y el Juez Primero de Distrito de Sonora. 6 de febrero de 1962. Unanimidad de quince votos. Ponente: M.R.S..

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