Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro819549
MateriaOtra
EmisorPleno

Las inconformidades de los quejosos contra resoluciones de los Jueces de Distrito que niegan la presencia de inejecuciones de sentencia de amparo, al igual que los incidentes de ejecución de sentencia, imponen para su procedencia, que se basen en la imputación de ausencia total de actos encaminados a la ejecución, cuando los actos reclamados sean de carácter positivo, o bien cuando se impute la persistencia total de la autoridad responsable en su conducta violatoria de garantías, cuando los actos reclamados sean de carácter negativo. Es por ello por lo que las resoluciones en estos incidentes deberán contraerse única y exclusivamente a estudiar y determinar si las autoridades responsables son o no contumaces al acatamiento de la sentencia de amparo. Los Jueces de distrito para declarar que una ejecutoria de amparo está o no acatada, deberán atender única y exclusivamente a la existencia o ausencia de la actividad de las responsables frente a la ejecutoria de amparo, desatendiéndose de cuestiones que impliquen defectos o excesos en la ejecución.

Incidente de inconformidad 2/69, derivado del Juicio de A.4., del Juez Primero de Distrito del Distrito Federal en materia Administrativa. Financiadora del Sureste de México, S. A. 25 de agosto de 1970. Unanimidad de 18 votos. Ponente: J.S.A..


Séptima Época: Vol. 24, Primera Parte, Pág. 26.

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