Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 1114 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro901787
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
EmisorPleno

El artículo 11 del Tratado Internacional de Extradición celebrado por los Estados Unidos de América y los Estados Unidos Mexicanos no viola lo dispuesto por el artículo 19 constitucional al señalar un término de sesenta días para la detención de una persona respecto de la cual existe solicitud de extradición, ya que aquélla se regula por lo que dispone el artículo 119 constitucional, el cual establece una excepción a la regla general de que ninguna detención podrá exceder del término de tres días sin que se justifique con un auto de formal prisión.

Amparo en revisión 5707/89.-R.L.P. de marzo de 1990.-Unanimidad de dieciocho votos.-Ausentes: C. de S.N., A.G.M. y N.C.L..-Ponente: U.S.O..-Secretario: V.E.M.L..


Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, T.V., Primera Parte, julio a diciembre de 1990, página 29, Pleno, tesis P. XLIV/90.

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