Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 1241 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro901914
MateriaConstitucional,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Constitucional
EmisorPleno

La Suprema Corte de Justicia ha establecido que el artículo 924 de la Ley Federal del Trabajo es violatorio de los artículos 14 y 17 constitucionales, porque ordena que a partir del emplazamiento a huelga se suspendan la ejecución de sentencias y la práctica de diligencias de aseguramiento en contra de la empresa patronal, sin establecer un procedimiento que dé oportunidad de defensa a quienes puedan ser afectados, impidiendo, además, que los tribunales correspondientes cumplan con la obligación de administrar justicia en los términos legales; dicho criterio no sólo es aplicable tratándose de un emplazamiento a huelga, sino también cuando la huelga ya ha estallado, pues aun cuando a partir de entonces el artículo 929 del mismo ordenamiento otorga acción para pedir la declaración de inexistencia de la huelga, tal acción no se da en relación directa con el interés del tercero afectado con la suspensión, ya que no tiene por objeto la exclusión de los bienes reclamados, la concurrencia de su crédito o la ejecución de la sentencia o diligencia; además, aunque el artículo 929 permite la declaración de inexistencia de la huelga en el evento de que se demuestre alguna de las limitadas hipótesis que establecen los artículos 459 y 920 de la ley citada, con la acción relativa no se asegura a los terceros la garantía de audiencia en relación con los derechos que les interesan sino con una cuestión que les resulta ajena, independientemente de que subsiste el retardo de la función de administrar justicia y de ejecutar los fallos dentro de los términos legales.

Amparo en revisión 5074/86.-M.G.G.O. viuda de G..-16 de febrero de 1988.-Mayoría de diecinueve votos.-Disidentes: F.M.F. y J.M. Delgado.-Ponente: J.D.R.: J.L.R.S..


Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo I, Primera Parte-1, enero a junio de 1988, página 27, P..

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