Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 341 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro905282
MateriaPenal
EmisorPleno

El decomiso es la privación coactiva, definitiva y sin indemnización de una parte de los bienes de una persona, por razones de interés, seguridad, moralidad o salud públicos y constituye una pena establecida en la ley, consistente en la pérdida de los instrumentos con los cuales se comete un delito o de los bienes que son objeto o producto del mismo. Las medidas que dicta el Ministerio Público para el aseguramiento de los bienes producto del delito, no constituyen un decomiso, pena cuya aplicación compete sólo al órgano jurisdiccional. Los artículos 24 y 40 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal y los artículos 123 y 181 del Código Federal de Procedimientos Penales no facultan a la autoridad investigadora a aplicar penas.

Amparo en revisión 582/91.-R.C.V..-9 de enero de 1992.-Mayoría de quince votos.-Ponente: J.T.L.C..-Secretario: G.O.R..


Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, número 61, enero de 1993, página 62, Pleno, tesis P. XII/93.

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