Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 345 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro905286
MateriaPenal
EmisorPleno

Los artículos mencionados que facultan al Ministerio Público a dictar medidas para asegurar bienes del indiciado, no infringen la garantía de audiencia prevista en el artículo 14 constitucional. Aunque estas medidas se dictan sin audiencia previa de la parte a la que pudieran perjudicar, no implican privación definitiva de derechos, puesto que son medidas provisionales que constituyen únicamente actos de simple molestia y para decretarse, no requieren cumplir los requisitos que para los actos de privación de derechos establece el artículo 14 constitucional.

Amparo en revisión 582/91.-R.C.V..-9 de enero de 1992.-Mayoría de quince votos.-Ponente: J.T.L.C..-Secretario: G.O.R..


Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, número 61, enero de 1993, página 61, Pleno, tesis P. X/93.

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