Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Febrero de 2008 (Tesis num. P. XXIV/2008 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-02-2008 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 170322 |
Número de resolución | P. XXIV/2008 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2008 |
Fecha | 01 Febrero 2008 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXVII, Febrero de 2008; Pág. 12 |
Emisor | Pleno |
Materia | Administrativa |
La causa de improcedencia del juicio de garantías prevista en la fracción IX del artículo 73 de la Ley de Amparo, relativa a "actos consumados de un modo irreparable", se refiere a aquellos cuyos efectos fueron completamente realizados sin posibilidad jurídica o material de volver las cosas a su estado anterior, de modo que las violaciones que producen al agraviado no puedan ser reparadas a través del juicio de amparo, lo que no sucede tratándose de una expropiación, porque aun cuando las autoridades correspondientes puedan entrar en posesión de los bienes, los actos siguen produciendo efectos que es posible desaparecer, volviendo las cosas al estado en que se encontraban.
Amparo en revisión 1135/2004. Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital. 16 de enero de 2006. Once votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretario: M.A.C.A..
Amparo en revisión 1132/2004. M.T.M.C. y otros. 17 de enero de 2006. Once votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretario: A.M.F..
Amparo en revisión 1134/2004. Ingenio La Margarita, S.A. de C.V. y otras. 17 de enero de 2006. Unanimidad de diez votos. Ausente: O.S.C. de G.V.. Ponente: M.B.L.R.. Secretaria: C.M.P..
El Tribunal Pleno, el catorce de enero en curso, aprobó, con el número XXIV/2008, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a catorce de enero de dos mil ocho.
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Sentencia con número de expediente 44/2022. Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto, 2022-07-06
...de amparo, lo que no sucede tratándose de una expropiación, porque aun cuando las autoridades correspondientes puedan 12 Tesis aislada P. XXIV/2008, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 12, Tomo XXVII, del Semanario Judicial de la Federación y su Gace......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 17-02-2016 (AMPARO EN REVISIÓN 956/2015)
...que producen al agraviado, de suerte tal que éstas no puedan ser reparadas a través del juicio de amparo. Así se advierte de la tesis P. XXIV/200819 y del criterio20 de la entonces Tercera Sala, que se reproducen a “EXPROPIACIÓN. NO CONSTITUYE UN ACTO CONSUMADO DE MODO IRREPARABLE. La causa......
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Sentencia con número de expediente 990/2022. Juzgado Decimotercero de Distrito en el Estado de Sonora, 2022-08-17
...verdadera, su conclusión resulta ineficaz para obtener la revocación de la sentencia recurrida”. 3 Al respecto, es ilustrativa la tesis P. XXIV/2008, registro electrónico 170322, febrero de 2008, que indica: “EXPROPIACIÓN. NO CONSTITUYE UN ACTO CONSUMADO DE MODO IRREPARABLE. La causa de imp......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 25-01-2017 (AMPARO EN REVISIÓN 881/2016)
...por no ser factible restablecer las cosas al estado que guardaban antes de la violación reclamada. Así se advierte de la tesis aislada P. XXIV/20088 y de la jurisprudencia 2a./J. 171/20079, que “EXPROPIACIÓN. NO CONSTITUYE UN ACTO CONSUMADO DE MODO IRREPARABLE. La causa de improcedencia del......