Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Junio de 2008 (Tesis num. P. XLII/2008 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-06-2008 (Tesis Aisladas))

Número de registro169500
Número de resoluciónP. XLII/2008
Fecha de publicación01 Junio 2008
Fecha01 Junio 2008
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXVII, Junio de 2008; Pág. 12
EmisorPleno
MateriaConstitucional

La ampliación de ejercicio de la facultad de investigación opera de la siguiente forma: a) Debe solicitarse por parte legitimada, es decir, no sólo por quien inicialmente solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ejerciera la facultad de investigación, sino por cualquiera de los sujetos legitimados por el artículo 97, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; b) Debe solicitarse antes de que los Comisionados rindan su informe en términos de la regla 19 del Acuerdo General Plenario 16/2007; c) Puede aludirse a los elementos necesarios y suficientes que permitan determinar su procedencia; y, e) La solicitud de referencia debe declararse procedente sólo en los casos que lo ameriten y de forma excepcional.

Solicitud de ampliación de ejercicio de facultad de investigación 1/2007. Solicitante del ejercicio de la facultad: Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 26 de noviembre de 2007. Mayoría de seis votos. Ausente: J.F.F.G.S.. Disidentes: S.S.A.A., J. de J.G.P., M.A.G. y S.A.V.H.. Ponente: J.N.S.M.. Secretario: J.F.C..


El Tribunal Pleno, el doce de mayo en curso, aprobó, con el número XLII/2008, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a doce de mayo de dos mil ocho.


Nota: El Acuerdo General Número 16/2007, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación citado, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, agosto de 2007, página 1905.

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