Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Pleno

Fecha de publicación01 Diciembre 2011
Fecha01 Diciembre 2011
Número de registro23271
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro III, Diciembre de 2011, Tomo 1, 515
MateriaDerecho Constitucional
EmisorPleno

Con fundamento en el punto único del Acuerdo Número 6/2005, de siete de febrero de dos mil cinco, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a la publicación de las sentencias dictadas en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, se publica íntegramente la sentencia dictada en la controversia constitucional 42/2009, así como los puntos resolutivos y los datos de identificación de la sentencia dictada en la controversia constitucional 43/2009 que se refiere al mismo tema tratado en aquélla.


"PRIMERO.-Es parcialmente procedente e infundada la presente controversia constitucional.


"SEGUNDO.-Se sobresee en la presente controversia constitucional respecto de los artículos 4 y 6 de la Ley de Deuda Pública del Estado de Querétaro, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno 'La Sombra de Arteaga' el veinte de marzo de dos mil nueve.


"TERCERO.-Con la salvedad indicada en el resolutivo anterior, se reconoce la validez de la Ley de Deuda Pública del Estado de Querétaro, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno 'La Sombra de Arteaga' el veinte de marzo de dos mil nueve, en los términos del último considerando de la presente resolución.


"CUARTO.-Publíquese esta sentencia en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta."



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