Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 31 de Diciembre de 2013 (Tesis num. P./J. 36/2013 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 13-12-2013 (Acción de Inconstitucionalidad))

Número de registro2005108
Número de resoluciónP./J. 36/2013 (10a.)
Fecha31 Diciembre 2013
Fecha de publicación31 Diciembre 2013
Localizador [J] ; 10a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Libro 1, Diciembre de 2013; Tomo I; Pág. 125. P./J. 36/2013 (10a.).
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaAcción de Inconstitucionalidad
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

El citado precepto prevé un descuento a la percepción que el sentenciado tenga como resultado del trabajo penitenciario, para destinarlo al pago de su sostenimiento. Ahora, si bien el referido descuento no tiene como finalidad integrarse al gasto público estatal ni atiende a intereses de los servidores públicos de las prisiones, sí se asemeja al de una gabela, por cuanto tiene como destino el pago de la manutención del reo; de ahí que el precepto indicado vulnera el artículo 19, párrafo último, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en cuanto establece que toda gabela o contribución constituye un abuso que será corregido por las leyes y reprimido por las autoridades.

Acción de inconstitucionalidad 24/2012. Comisión Nacional de los Derechos Humanos. 14 de mayo de 2013. Unanimidad de once votos; votaron con salvedades: A.G.O.M. y J.R.C.D.. Ponente: S.A.V.H.. Secretaria: L.G.V..


El Tribunal Pleno, el siete de noviembre en curso, aprobó, con el número 36/2013 (10a.), la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a siete de noviembre de dos mil trece.

Esta tesis se publicó el viernes 13 de diciembre de 2013 a las 13:20 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del jueves 02 de enero de 2014, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.

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