Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 31 de Octubre de 2013 (Tesis num. 2a. XCIII/2013 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-10-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. XCIII/2013 (10a.)
Fecha de publicación31 Octubre 2013
Fecha31 Octubre 2013
Número de registro2004705
Localizador [TA] ; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXV, Octubre de 2013; Tomo 2; Pág. 1304. 2a. XCIII/2013 (10a.).
EmisorSegunda Sala
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Conforme al nuevo sistema previsto en los artículos 196, 201 y 203 de la Ley de Amparo, el órgano que conozca del juicio debe asegurarse que los deberes impuestos a las autoridades responsables, merced a la sentencia protectora, se materialicen en sus términos, y no solamente que se realicen actos preliminares para su consumación, pues al no existir, además del recurso de inconformidad, otro medio de defensa para garantizar la efectividad de esas ejecutorias o corregir los posibles excesos o defectos en su observancia, corresponde al juzgador vigilar, a través de este medio de impugnación, la satisfacción de esas obligaciones, dejando a salvo del estudio únicamente las consecuencias derivadas del propio cumplimiento para que, en su caso, se examinen en un nuevo juicio.


Recurso de inconformidad 150/2013. F.E.P.. 4 de septiembre de 2013. Cinco votos. Ponente: M.B.L.R.. Secretario: A.V.A..


Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 2a./J. 60/2014 (10a.), publicada el viernes 30 de mayo de 2014, a las 10:40 horas en el Semanario Judicial de la Federación y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 6, Tomo II, mayo de 2014, página 741, de título y subtítulo: "INCONFORMIDAD. EL JUZGADOR DE AMPARO DEBE ASEGURARSE QUE SE MATERIALICEN LOS DEBERES IMPUESTOS A LA AUTORIDAD RESPONSABLE EN LA SENTENCIA PROTECTORA."

50 sentencias

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