Voto de Suprema Corte de Justicia, Pleno

JuezMinistro Eduardo Medina Mora I.
Número de registro42834
Fecha25 Mayo 2018
Fecha de publicación25 Mayo 2018
Número de resolución41/2017
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 54, Mayo de 2018, Tomo I, 1021
EmisorPleno

Voto concurrente que formula el M.E.M.M.I. en la acción de inconstitucionalidad 41/2017 y su acumulada 44/2017.


En lo relativo al apartado IV, "Oportunidad", resulta innecesario justificar, como se hace en el párrafo 26 de la sentencia, si las normas controvertidas fueron o no objeto de un nuevo acto legislativo, al no haber sido cuestionada la oportunidad en su impugnación.


En torno al apartado X, "Representación de las coaliciones ante el Consejo General y Consejos Distritales y Municipales", se coincide con la propuesta originalmente presentada en el sentido de verificar en cada caso si las normas impugnadas regulan de manera efectiva la figura de las coaliciones o si constituyen meras referencias nominales a dicha figura asociativa y, sobre esta base, determinar (supliendo la deficiencia de los conceptos de invalidez), que las normas combatidas en este asunto sí regulan sustantivamente las coaliciones, respecto de lo cual son incompetentes las Legislaturas Locales y, por tanto, deben invalidarse.


Nota: El presente voto también aparece publicado en el Diario Oficial de la Federación de 29 de noviembre de 2017.

Este voto se publicó el viernes 25 de mayo de 2018 a las 10:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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