Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 9 de Diciembre de 2016 (Tesis num. 2a./J. 165/2016 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 09-12-2016 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 2013286 |
Número de resolución | 2a./J. 165/2016 (10a.) |
Fecha de publicación | 09 Diciembre 2016 |
Fecha | 09 Diciembre 2016 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Laboral |
Localizador | 10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a./J. 165/2016 (10a.) |
Partiendo de la idea básica de que capitalización de intereses implica incorporar al capital originario los intereses que ha producido, entonces la porción normativa "capitalizable al momento del pago", contenida en el párrafo tercero del artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, vigente a partir del 1 de diciembre de 2012, significa que los intereses se incorporan al momento de que se realice el pago. Es decir, los intereses que se han generado mensualmente se incorporarán al capital, entendido éste en el contexto de la norma como el monto de 12 meses de salarios vencidos, al momento en que se realice el pago, tanto de salarios vencidos como de intereses, sin que sea posible incorporarlos o capitalizarlos mensualmente. En tal virtud, esta Segunda Sala considera que la indicada porción normativa no puede interpretarse de otra forma, porque si la intención del legislador hubiera sido que los intereses se capitalizaran mensualmente, al constituir un concepto técnico el de capitalización de intereses, así lo hubiera precisado; en cambio, al haber redactado la norma como lo hizo, sin lugar a dudas tuvo el propósito de que los intereses se incorporaran en el momento en que se realizara el pago.
Contradicción de tesis 200/2016. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero del Vigésimo Quinto Circuito y Noveno en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 5 de octubre de 2016. Mayoría de cuatro votos de los Ministros E.M.M.I., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.. Disidente: J.L.P.. Ponente: E.M.M.I.S.: L.J.G.R..
Tesis y criterio contendientes:
Tesis I.9o.T.56 L (10a.), de título y subtitulo: "INTERESES. PARA SU CÁLCULO DEBEN ADICIONARSE AL CAPITAL DEVENGADO AQUELLOS QUE ESTÉN VENCIDOS, A EFECTO DE DETERMINAR LOS RENDIMIENTOS ULTERIORES SOBRE EL NUEVO SALDO INSOLUTO (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 48, PÁRRAFO TERCERO, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE DICIEMBRE DE 2012).", aprobada por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 6 de noviembre de 2015 a las 10:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 24, Tomo IV, noviembre de 2015, página 3537, y
El criterio sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, al resolver el amparo directo 1287/2014.
Tesis de jurisprudencia 165/2016 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiséis de octubre de dos mil dieciséis.
Esta tesis se publicó el viernes 09 de diciembre de 2016 a las 10:21 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 12 de diciembre de 2016, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 21-02-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6907/2017)
...la Federación y su Gaceta, Libro XX, Mayo de 2013, Tomo 1, página 636. 11 Décima Época, registro: 2013286, Segunda Sala, Jurisprudencia 2a./J. 165/2016 (10a.), consultable en Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 37, Diciembre de 2016, Tomo I, página: 850. ...
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 26-06-2019 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 553/2019)
...a lo aseverado por la recurrente, respecto al tema del tope de doce meses de salarios caídos, existen los criterios jurisprudenciales 2a./J. 165/2016 (10a.) y 2a./J. 28/2016 (10ª.) de rubros: “SALARIOS VENCIDOS. CÁLCULO DE LOS INTERESES QUE SE GENERAN UNA VEZ AGOTADO EL PERIODO DE 12 MESES ......
-
Sentencia con número de expediente 193/2022. Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, 2022-05-29
...Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 200/2016, que dio origen a la jurisprudencia 2a./J. 165/2016 (10a.), sostuvo que el al redactar el artículo 48, párrafo tercero, de la Ley Federal del Trabajo, vigente a partir del 1o. de diciembre de 2......
-
Sentencia con número de expediente 303/2022. Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, 2022-07-15
...por dicho porcentaje, será el importe que deberá pagar mensualmente el patrón al trabajador. Apoya esta conclusión la jurisprudencia 2a./J. 165/2016 (10a.) de la Segunda Sala de la AMPARO DIRECTO LABORAL 303/2022 39 Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la Gaceta del Semanari......
-
Salarios caídos. La determinación de los intereses que se generan, una vez agotados los 12 meses, deben calcularse al momento del pago y no de manera mensual. Jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN
...y no al momento del pago, por lo que acudieron a los tribunales. En este sentido, la Segunda Sala de la SCJN emitió la jurisprudencia 2a./J. 165/2016 (10a.) en la que establece que partiendo de la idea básica de que la capitalización de intereses implica incorporar al capital originario los......