Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro380567
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

La redacción del artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo, demuestra la posibilidad de que un accidente ocurrido fuera de las horas de servicio, tenga el carácter de accidente del trabajo, cuando es consecuencia del mismo trabajo. Hay que interpretar, por consiguiente, la expresión legal "a consecuencia del trabajo". Consecuencia quiere decir resultado o efecto de una causa. La frase indica pues, que entre el trabajo y el accidente debe existir un nexo de causalidad, para que el segundo tenga el carácter de accidente de trabajo. Es decir, cuando el trabajo es causa de determinado accidente, o expresado en otra forma, cuando el accidente es consecuencia de aquél, debe el patrono pagar la indemnización que corresponda, de acuerdo con la ley, a menos que concurran alguna o algunas de las circunstancias por la misma ley exime al patrono de responsabilidad. Como en el precepto citado se dice, "a consecuencia del trabajo", sin distingos acerca de la índole del nexo de causalidad que ha de existir entre el accidente y el trabajo, la Suprema Corte estima que no es necesario que el último sea causa eficiente del primero, y que puede admitirse que un accidente produce la obligación de indemnizar a la víctima o a las personas que dependan económicamente de ella, cuando el trabajo sea tan sólo causa ocasional y remota del accidente. La jurisprudencia en países cuya legislación, como en Francia, establece el mismo concepto jurídico de accidentes del trabajo, adoptado por nuestra ley, acepta que los accidentes ocurridos fuera del servicio, cuando el obrero se traslada al lugar en que debe laborar, dan origen a la obligación de indemnizar, si el hecho ocurre en algún paso, camino o sitio peligroso que el trabajador tenga necesariamente que recorrer o atravesar, para llegar al lugar donde presta sus servicios; o si el transporte se halla organizado por el mismo patrono o sus representantes, lo que ocurre, por ejemplo, cuando una empresa es propietaria de un ómnibus destinado a recoger a los trabajadores que viven en el campo. La tesis anterior está de acuerdo con la teoría del riesgo profesional, que sirve de base a la fracción XIV del artículo 123 de la Constitución, y que esta Corte ha expuesto en la siguiente forma: la teoría del riesgo profesional abarcó, en un principio, aquellos accidentes cuya causa inmediata era el trabajo desempeñado por el obrero; pero poco a poco se fue extendiendo, para comprender también a los producidos con ocasión o en ejercicio del...

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