Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro373424
MateriaAdministrativa

Es cierto que la nación tiene personalidad jurídica para representar a las compañías petroleras que fueron expropiadas por decreto de 18 de marzo de 1938, porque el gobierno mexicano contrajo la obligación de satisfacer y liquidar las reclamaciones de carácter privado en contra de las compañías, provenientes de operaciones efectuadas dentro de la República, hasta la citada fecha de 18 de marzo de 1938, y siempre que sean consideradas procedentes por los Tribunales Nacionales (cláusula VI, del convenio de 29 de agosto de 1947, celebrado por el gobierno y las compañías petroleras); pero para desempeñar tal representación, es necesario llenar previamente los requisitos del segundo párrafo del artículo 6o. del Código Federal de Procedimientos Civiles; lo que no se hizo en el...

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