Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro366514
MateriaConstitucional,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Constitucional

La Cuarta Sala de la Suprema Corte ha establecido la interpretación correcta que debe darse a las fracciones XXVII y XIV del artículo 123 constitucional al estimar que son condiciones nulas y no obligan a los contrayentes, aun cuando se expresen en un contrato, las que constituyan una renuncia hecha por el trabajador, a indemnizaciones a que tenga derecho por el trabajo y enfermedades profesionales; pero esto no impide que el trabajador celebre con la parte patronal un contrato o convenio, como quiera llamársele, para liquidar de algún modo una prestación cuyo monto se considera incierto, fijando la interpretación de las correspondientes cláusulas del contrato, o estableciendo de común acuerdo, las verdaderas bases que deben regir para hacer el cómputo de lo adeudado. En este caso, la sanción constitucional de nulidad es indiscutible y toda resolución de las autoridades comunes que les diese alguna validez sería anticonstitucional y reclamable en amparo. Pero dicho concepto de irrenunciabilidad no puede volverse en perjuicio del trabajador, constituyendo para él una prohibición que lo haga incapaz de evitar una contienda, haciendo alguna concesión respecto a sus puntos de vista, a cambio de algún beneficio, o declarando, en términos de equidad, que lo que realmente le corresponde es menos de lo que había demandado, siempre que se llenen los requisitos legales y que el convenio o transacción sea...

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