Tesis Aislada, (Tesis de Cuarta Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro244801
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Si el demandante no alegó que el derecho de la empresa estuviera prescrito para rescindirle su contrato de trabajo, porque las faltas de probidad ocurrieron mucho antes de treinta días anteriores a la fecha del despido, ni tampoco pidió a la Junta que tuviera por prescrito, en términos de la fracción IV del artículo 329 de la Ley Federal del Trabajo, la Junta no cometió violación de garantías en perjuicio del quejoso, porque su proceder se ajustó al principio de congruencia que está obligada a guardar, conforme al artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo. Por otra parte, la suplencia de la queja que está prevista en el artículo 76 de la Ley de Amparo, sólo pueden hacerla valer quienes resuelvan los juicios de garantías, pero sólo en ellos y no implica esto que las Juntas de Conciliación deban suplir errores de la parte trabajadora durante el procedimiento laboral, porque no existe disposición que las faculte para ello y, por el contrario, están obligadas a guardar el principio de congruencia a que se...

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