Tesis Aislada, , 1 de Junio de 1989 (Tesis de Cuarta Sala, 01-06-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Número de registro208001
Localizador8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; III, Primera Parte, Enero a Junio de 1989; Pág. 411
MateriaLaboral

Aun cuando en un principio se dirija la reclamación a una empresa gubernamental, ello no es suficiente para establecer la competencia del Tribunal de Arbitraje y Escalafón de la entidad, si el trabajador, en lo que respecta al organismo, desiste de la demanda y de las acciones, dejándolas vigentes solamente en lo relativo a la persona física, por lo que, a quien corresponde conocer de la controversia, de acuerdo con el artículo 123, apartado A, fracción XXXI, de la Constitución Federal, en relación con el 529 de la Ley Federal del Trabajo, es a la Junta Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje y no al Tribunal de Conciliación y Arbitraje, por no encontrarse demandada dependencia alguna de la...

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