Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Marzo de 2002 (Tesis num. P./J. 16/2002 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-03-2002 (Acción de Inconstitucionalidad))

Número de registro187645
Número de resoluciónP./J. 16/2002
Fecha de publicación01 Marzo 2002
Fecha01 Marzo 2002
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XV, Marzo de 2002; Pág. 995
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaAcción de Inconstitucionalidad
MateriaConstitucional

A través de este medio de control constitucional no pueden impugnarse actos de carácter negativo de los Congresos de los Estados, como lo es la omisión de aprobar la iniciativa de reformas a la Constitución Local, por no constituir una norma general que por lo mismo no se ha promulgado ni publicado, los cuales son presupuestos indispensables de la acción. Lo anterior se infiere de la interpretación armónica de los artículos 105, fracción II, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 61 de la ley reglamentaria de la materia, en los que se prevé la procedencia de la acción de inconstitucionalidad que en contra de leyes expedidas por las Legislaturas de los Estados, promuevan el equivalente al treinta y tres por ciento de sus integrantes, ya que se exige como requisito de la demanda el señalamiento del medio oficial de publicación, puesto que es parte demandada no sólo el órgano legislativo que expidió la norma general, sino también el Poder Ejecutivo que la promulgó; de esta forma, no puede ser materia de una acción de inconstitucionalidad cualquier acto de un órgano legislativo, sino que forzosamente debe revestir las características de una norma general, y que además, ya haya sido publicada en el medio oficial correspondiente.

PRECEDENTES:

Reclamación 619/2001, deducida de la acción de inconstitucionalidad 34/2001. Diputados integrantes de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Congreso del Estado de Aguascalientes. 25 de febrero de 2002. Once votos. Ponente: J.V.A.A.. Secretario: P.A.N.M..

El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy doce de marzo en curso, aprobó, con el número 16/2002, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a doce de marzo de dos mil dos.

9 sentencias
1 artículos doctrinales
  • Acciones de Inconstitucionalidad
    • México
    • Quórum Legislativo Núm. 100, Enero 2010
    • 1 Enero 2010
    ...Novena Época, Instancia: Pleno, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XV, Marzo de 2002, Página: 995, Tesis: P./J. 16/2002, ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. ES IMPROCEDENTE EN CONTRA DE LA OMISIÓN DE APROBAR LA INICIATIVA DE REFORMAS A UNA CONSTITUCIÓN • Contra leyes o trat......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR