Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Agosto de 1999 (Tesis num. P./J. 57/99 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-08-1999 (Acción de Inconstitucionalidad))
Número de registro | 193457 |
Número de resolución | P./J. 57/99 |
Fecha de publicación | 01 Agosto 1999 |
Fecha | 01 Agosto 1999 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; X, Agosto de 1999; Pág. 550 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Acción de Inconstitucionalidad |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional |
Conforme a lo establecido en el artículo 61 del Código Electoral del Distrito Federal, el Consejo General del Instituto Electoral de esa entidad está facultado para celebrar, a petición de los partidos políticos, convenios de asesoría y apoyo logístico con los mismos, para el desarrollo de sus procesos internos de selección de dirigentes y candidatos a puestos de elección popular. La anterior disposición rebasa lo establecido en los artículos 116, fracción IV, y 122, apartado C, base primera, fracciones I y V, inciso f), de la Constitución Federal, en relación con los diversos 123 y 127 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, toda vez que la atribución conferida al consejo mencionado escapa de los fines y funciones del instituto, y atenta contra los principios de imparcialidad e independencia que deben regir su actuación, pues, aun cuando en el artículo 61 referido se establece que en la firma de dichos convenios se garantizará la autonomía e independencia del instituto, la facultad otorgada va más allá de la vocación constitucional para la cual fue creado y transgrede los principios rectores del artículo 116 de la Constitución Federal, pues al otorgar apoyo a los partidos políticos que lo requieran, se involucrarán aspectos subjetivos que harán dudar de su independencia y autonomía.
PRECEDENTES:
Acción de inconstitucionalidad 5/99. Partido Revolucionario Institucional. 11 de marzo de 1999. Once votos. Ponente: J. de J.G.P.. Secretarios: G.M.O.B., R.R.P. y M.Á.R.G..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el doce de julio del año en curso, aprobó, con el número 57/1999, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a trece de julio de mil novecientos noventa y nueve.
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Sentencia nº SUP-AES-012-2000 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 26 de Octubre de 2000
...y autonomía" (Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: X, Agosto de 1999 Tesis: P./J. 57/99 Página: 550 Materia: Constitucional Jurisprudencia). Según se ve en la tesis precedente, para el Pleno de laSuprema Corte de Justicia de la Nación, ......
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Sentencia nº SUP-AES-021-2000 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 22 de Diciembre de 2000
...y autonomía" (Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: X, Agosto de 1999 Tesis: P./J. 57/99 Página: 550 Materia: Constitucional Jurisprudencia). Según se ve en la tesis precedente, para el Pleno de laSuprema Corte de Justicia de la Nación, ......
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Sentencia nº SUP-AES-015-2000 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 4 de Diciembre de 2000
...y autonomía" (Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: X, Agosto de 1999 Tesis: P./J. 57/99 Página: 550 Materia: Constitucional Jurisprudencia). Según se ve en la tesis precedente, para el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,......
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Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 125 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Acción de Inconstitucionalidad))
...G.M.O.B., R.R.P. y M.Á.R.G.. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo X, agosto de 1999, página 550, Pleno, tesis P./J. 57/99. véase la ejecutoria y el voto en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, marzo de 1999, páginas 469 y 857,...