Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 60 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Reiteración))

Número de registro917594
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún
EmisorPleno

Esta Suprema Corte de Justicia estableció que el arresto, como medio de apremio, no constituye una pena de prisión, sino una medida disciplinaria a la que los tribunales pueden recurrir para hacer cumplir sus resoluciones frente a los rebeldes y contumaces. Por lo tanto, las disposiciones legales que establecen esa medida no violan el artículo 17 constitucional, que prohíbe la pena de prisión por deudas de carácter civil, toda vez que no se fija como consecuencia de una deuda de ese tipo, sino que obedece a la necesidad de hacer cumplir las decisiones de las autoridades jurisdiccionales.

Octava Época:


Amparo en revisión 1823/71.-J.A.S. de marzo de 1973.-Unanimidad de veinte votos.-Ponente: M.G.R.: I.G.G..


Amparo en revisión 787/91.-M.T.G..-6 de febrero de 1992.-Mayoría de dieciocho votos.-Ponente: J.A. Llanos Duarte.-Secretario: G.M.A..


Amparo en revisión 542/92.-V.M.P. de León Torres.-3 de marzo de 1993.-Unanimidad de diecisiete votos.-Ponente: Victoria Adato Green.-Secretaria: I.P.C..


Amparo en revisión 142/92.-L.C. Bautista.-20 de mayo de 1993.-Mayoría de quince votos.-Ponente: M.A.G..-Secretaria: E.L.d.C.R.A..


Amparo en revisión 572/92.-A.C. Madrid.-11 de noviembre de 1993.-Unanimidad de diecisiete votos.-Ponente: F.M.F.: C.T.G..



Apéndice 1917-1995, T.V., Primera Parte, página 46, Pleno, tesis 72; véase la ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIII, mayo de 1994, página 5.

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