Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Abril de 2009 (Tesis num. P./J. 17/2009 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-04-2009 (Acción de Inconstitucionalidad))
Número de registro | 167590 |
Número de resolución | P./J. 17/2009 |
Fecha de publicación | 01 Abril 2009 |
Fecha | 01 Abril 2009 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXIX, Abril de 2009; Pág. 1105 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Acción de Inconstitucionalidad |
Materia | Constitucional |
El Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia P./J. 96/2007, de rubro: "ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. EL CAMBIO DE LA IDENTIFICACIÓN NUMÉRICA DE UNA NORMA GENERAL NO CONSTITUYE UN NUEVO ACTO LEGISLATIVO PARA EFECTOS DE SU IMPUGNACIÓN A TRAVÉS DE AQUEL MEDIO DE CONTROL CONSTITUCIONAL.", sostuvo que cuando la reforma o adición no va dirigida esencialmente al contenido normativo del precepto impugnado, sino sólo a su identificación numérica que se ajusta para darle congruencia al ordenamiento, ley o codificación, no puede considerarse como un acto legislativo nuevo que autorice su impugnación a través de la acción de inconstitucionalidad; sin embargo, si el legislador ordinario durante el proceso legislativo manifestó su voluntad de no reformar la norma, pero del texto aprobado se advierte que en realidad se modificó su alcance jurídico o se precisó un punto considerado ambiguo u oscuro, debe estimarse que se está ante un nuevo acto legislativo susceptible de impugnación.
PRECEDENTES:
Acción de inconstitucionalidad 29/2008. Diputados integrantes de la Sexagésima Legislatura del Congreso de la Unión. 12 de mayo de 2008. Mayoría de nueve votos. Disidentes: J.F.F.G.S. y S.A.V.H.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretarios: I.F.R., M.A.S.M., M.E.H.F. y J.B.H..
El Tribunal Pleno, el veintiséis de marzo en curso, aprobó, con el número 17/2009, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintiséis de marzo de dos mil nueve.
Nota: La tesis de jurisprudencia P./J. 96/2007 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, diciembre de 2007, página 742.
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...que se estaba en presencia de un nuevo acto legislativo susceptible de impugnación. De este precedente surgió la tesis de jurisprudencia P./J. 17/2009 de rubro “ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. SI EL LEGISLADOR ORDINARIO DURANTE EL PROCESO LEGISLATIVO MANIFESTÓ SU VOLUNTAD DE NO REFORMAR UNA......
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...sí debía estimarse que se trataba de un nuevo acto legislativo susceptible de impugnación. De ese precedente derivó la jurisprudencia P./J. 17/2009, de rubro: “ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. SI EL LEGISLADOR ORDINARIO DURANTE EL PROCESO LEGISLATIVO MANIFESTÓ SU VOLUNTAD DE NO REFORMAR UNA ......
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