Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Septiembre de 2005 (Tesis num. P./J. 98/2005 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-09-2005 (Controversia Constitucional))

Número de registro177363
Número de resoluciónP./J. 98/2005
Fecha de publicación01 Septiembre 2005
Fecha01 Septiembre 2005
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXII, Septiembre de 2005; Pág. 888
EmisorPleno
Tipo de JurisprudenciaControversia Constitucional
MateriaConstitucional

El principio de anualidad, contenido en la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, constituye un límite a la facultad de revisión del resultado de la cuenta de la Hacienda Pública Federal encomendada a la Auditoría Superior de la Federación, de lo que deriva que a través del despliegue de dicha atribución ordinaria, dicho ente no tenga la posibilidad jurídica de verificar los términos de programas gubernamentales realizados por los Poderes de la Unión en ejercicios anteriores al que constituye la materia de la verificación, sin perjuicio del ejercicio de las facultades excepcionales que, en materia de fiscalización, establece el tercer párrafo de la fracción I del artículo 79 constitucional.

PRECEDENTES:

Controversia constitucional 91/2003. Poder Ejecutivo Federal. 23 de junio de 2005. Mayoría de ocho votos. Disidentes: J.R.C.D., G.D.G.P. y J.N.S.M.. Ponente: M.B.L.R.. Secretarios: H.M.A.Z., F.S.G. y A.V.A..

El Tribunal Pleno, el dieciséis de agosto en curso, aprobó, con el número 98/2005, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a dieciséis de agosto de dos mil cinco.

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