Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Septiembre de 1997 (Tesis num. P./J. 75/97 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-09-1997 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 197658 |
Número de resolución | P./J. 75/97 |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 1997 |
Fecha | 01 Septiembre 1997 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; VI, Septiembre de 1997; Pág. 18 |
Emisor | Pleno |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
No procede sobreseer en el juicio cuando el tribunal de amparo, al celebrar la audiencia constitucional y dictar la correspondiente resolución, advierte que se promovió una demanda de amparo, en la que la parte quejosa reclamó actos emanados de diversos juicios, desvinculados entre sí, que provienen de una o varias autoridades, o bien, que durante la tramitación del juicio, con motivo de los informes justificados que rindan la autoridad o autoridades responsables a quienes se atribuyen dichos actos, observe que éstos emanan de juicios o procesos diversos, también desvinculados, que tienen su origen en la misma autoridad o en diversas señaladas como responsables, toda vez que ese supuesto no está contemplado específicamente como causal de improcedencia en ningún precepto. Con lo anterior, no se hacen nugatorias las reglas de la acumulación a que aluden los artículos 57 a 63 de la Ley de Amparo, porque aunque se diera esa figura jurídica, o bien acaeciera lo contrario, no sería motivo para establecer que se actualiza una causa de improcedencia, al no estar contemplada así en la ley, amén de que no es factible que durante la tramitación del juicio de amparo se hubiere promovido, de oficio o a petición de parte, la acumulación correspondiente, tan es así, que llegado el momento de resolver el debate constitucional, el tribunal de amparo se encuentra con la circunstancia de que, en un solo amparo, se reclamaron actos derivados de juicios diversos, desvinculados entre sí.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 6/96. Entre las sustentadas por el Primer y el Segundo Tribunales Colegiados del Quinto Circuito. 7 de agosto de 1997. Unanimidad de diez votos. Ausente: J.V.A.A.. Ponente: J. de J.G.P.. Secretario: L.I.R.G..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el veintitrés de septiembre en curso, aprobó, con el número 75/1997, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintitrés de septiembre de mil novecientos noventa y siete.
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Sentencia con número de expediente 15/2022. Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, con residencia en Boca del Río, Veracruz, 2022-06-27
...la Ley de Amparo, debe por ello quedar contenida en la jurisprudencia, tomando como base el artículo 57 de esa ley, que 6 Jurisprudencia P./J. 75/97, Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en la página 18, del Tomo VI, Septiembre de 1997, Materia Común, con registro......
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Sentencia con número de expediente 15/2023. Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, con residencia en Boca del Río, Veracruz, 2023-03-30
...válidamente hacerse de oficio en cualquier estado del procedimiento, desde la etapa de la admisión de la demanda hasta 13 Jurisprudencia P./J. 75/97, Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en la página 18, del Tomo VI, Septiembre de 1997, Materia Común, con registro......
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Ejecutoria num. 3/2022 de Plenos de Circuito, 24-03-2023 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS))
...Época, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, T.V., noviembre de 1997, página 261, instancia: Pleno. 19. Jurisprudencia P./J. 75/97, Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en la página 18 del T.V., septiembre de 1997, materia común, con registro di......
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Sentencia con número de expediente 20/2022. Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, con residencia en Boca del Río, Veracruz, 2022-08-04
...es advertida durante la tramitación del juicio (hasta antes de la celebración de la audiencia constitucional), con 6 Jurisprudencia P./J. 75/97, Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en la página 18, del Tomo VI, Septiembre de 1997, Materia Común, con registro digi......