Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro313972
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal

No puede considerarse que lo cometa un apoderado que sólo tiene mandato para asuntos judiciales y administrativos, por el hecho de retirar fondos de un banco, fundándose para ello, en la autorización que le haya dado su mandante, por medio de una carta; pues sin prejuzgar sobre si dicha carta, modifica, o no, el poder, es indudable que el mandatario obra con facultades expresas de su mandante. Por otra parte, si alguien retira dinero ajeno de los bancos, de un modo indebido, los responsables serán los propios bancos, a quienes puede exigírseles la restitución de lo indebidamente pagado, siendo ellos, también, quienes tienen capacidad para presentar su querella, contra el que, sin autorización, retiró los fondos.

Amparo penal en revisión 2203/30. G.G.M.. 27 de octubre de 1931. Mayoría de tres votos. S.U. y P.M. y N.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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