Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro311269
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El artículo 124 del Código Postal de 1926, que está vigente, conforme a la disposición del artículo 10, transitorio, de la Ley de Vías Generales de Comunicación y 3o., transitorio, del Código Postal que rige en el Distrito Federal, previene que si la violación de una carta o pliego cerrado, tuviere por objeto apropiarse de alguna libranza, letra de cambio, de cualquier otro documento de valor o bien de la comisión de algún otro delito, se observarán las reglas de acumulación y, por tanto, no es aplicable el artículo 58 del Código Penal del Distrito Federal, que establece que se impondrá la pena del delito mayor.

Amparo penal directo 3049/36. G.R.E.. 5 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: H.L.S.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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