Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro311091
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Si una persona expide a otra una letra de cambio, firmándola como aceptante, con motivo de que el primero pidió un préstamo al segundo y de adeudarle otras diversas cantidades, y estos últimos hechos no están desmentidos en autos, ni existe prueba de que el aceptante hubiese obrado de acuerdo con el girador, para defraudar a un tercero, no puede decirse que la letra fué simulada.

Amparo penal en revisión 8063/36. G.P.E.. 23 de junio de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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