Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro310719
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

La Suprema Corte ha establecido jurisprudencia en el sentido de que la suspensión tiene una finalidad práctica y que carece de objeto concederla para el fin de que los quejosos queden presos a disposición del Juzgado de Distrito, cuando por la naturaleza del delito no es posible otorgar la libertad caucional de acuerdo con la fracción I del artículo 20 constitucional y, en consecuencia, procede negar la suspensión contra la orden de aprehensión que se libre por un delito cuya pena impide la concesión de la libertad caucional.

Amparo 1229/38. S.J. y coagraviados. 4 de mayo de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Quinta Epoca:


Tomo LIV, página 3201. I.A.. Incidente de suspensión 3392/37. Rojas G.H. y coagraviados. 19 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LIV, página 3201. I.A.. Incidente de suspensión 5786/37. M.S.. 10 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LIV, página 1634. Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 5556/37. G.C. y coagraviados. 10 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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