Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro309936
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Si está comprobado que una persona se titula abogado y estuvo ejerciendo actos propios de esa profesión; y que ante el juez de lo penal exhibió el título de licenciado en derecho, que le expidió la Universidad Autónoma de México, está fuera de duda que esa presentación, dentro del respeto que con apego a la Constitución debe merecer ese título, elimina toda posibilidad de que se surtan los elementos que constituyen el delito previsto en la fracción II del artículo 224 del Código Penal que rige en el Estado de Jalisco, que dice: "Se sancionará con prisión de un mes a tres años y multa de diez a mil pesos, al que se atribuya el carácter de profesionista, sin tener título legal y ejerza los actos propios de la profesión"; y el auto de formal prisión que se dicta por el citado delito, es violatorio de garantías.

Amparo penal en revisión 1702/39. M.L.. 15 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.G.C.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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