Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro309412
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Es inatendible el argumento que niega valor probatorio a la declaración del paciente del delito, pues tanto equivaldría a sostener que era innecesaria en la investigación judicial, el examen de la víctima de la infracción. En estas condiciones, la prueba de la responsabilidad de determinados delitos que, por su naturaleza, se verifican casi siempre en ausencia de testigos se dificultaría sobremanera, pues de nada serviría que la víctima mencionara el atropello, sino se le concedía crédito alguno a sus palabras. La declaración de un ofendido tiene determinado valor, en proporción al apoyo que le presten otras pruebas recabadas durante el sumario; por si sola podrá tener valor secundario, quedando reducida a simple indicio; pero cuando se encuentra robustecida con otros datos de convicción, adquiere validez preponderante.

Amparo penal directo 7952/39. M.G.. 10 de enero de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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