Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro309015
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El término para la prescripción de este delito, que no es continuo debe contarse a partir de las fechas en que, respectivamente, fueron otorgadas las escrituras impugnadas de simulación; de modo que la acción penal está prescrita, si ya ha pasado con exceso el plazo de tres años tres meses, término medio de la sanción fijada por la ley y computando en los términos de la misma, desde que el ofendido por el delito, denunció los hechos que estimó delictuosos, si la acción que podría interrumpir la prescripción no fue puesta en movimiento.

Amparo penal en revisión 6901/40. G.H. y B.A. y coag. 3 de abril de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.R.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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