Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro306556
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Los golpes deben considerarse constitutivos de injurias, cuando no causan lesión y son propinados con el propósito de ofender al individuo, y si el juzgador impropiamente cataloga los golpes como delito autónomo, siendo que deben considerarse constitutivos de injuria, puesto que fueron propinados con el propósito de afrentar al ofendido, como conforme a la legislación de C., cuando el delito que se imputa al acusado es de los que se persiguen de oficio, sólo será permitida la querella para aquellos delitos que la requieren para su persecución, al decretar la formal prisión, conjuntamente por los delitos de golpes, injurias, difamación y calumnias, contraviniendo el texto expreso de la ley, que se informa en la consideración de que la unidad de intención y de causa impulsiva, que sólo permite la configuración de uno y no de varios delitos, no pudiéndose proceder contra el autor de una injuria sino por queja del ofendido, si esta no existe, no puede el J., en ausencia de tal querella, incoar procedimiento alguno y de hacerlo, viola las garantías del artículo 19 constitucional.

Amparo penal en revisión 3880/44. M.O.F.. 12 de septiembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: C.L.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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