Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro306105
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

La circunstancia de que el individuo separado, de hecho, de su esposa, por haber abandonado ésta el hogar, refugiándose en el de sus padres, deje de proporcionarle las cantidades necesarias para el alimento de la misma y de sus hijos, no implica la comisión del delito de abandono de personas, cuando el acusado demuestra que suspendió la ministración del dinero, por carecer de trabajo, pues el citado delito sólo puede configurarse cuando las víctimas del abandono quedan expuestas a los peligros que entraña un verdadero desamparo.

Amparo penal directo 7574/44. G.D.M.. 25 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: C.L.A.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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